Enmienda de Emilio Castelar

 

Enmienda de Emilio Castelar al artículo 21 del
Proyecto de Ley sobre la abolición de la esclavitud
(Presentado a las Cortes el 13 de junio de 1870)

 Pedimos a las Cortes que se sirvan admitir la redacción siguiente al artículo 21:

“El Gobierno presentará al abrirse la próxima legislación el proyecto de emancipación inmediata. El día 1.° de Enero de 1872 no quedará ningún esclavo en el territorio nacional.”


[Fuente: Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes. Apéndice sexto al número 305, 13 de Junio de 1870. Castelar en su discurso hace referencia a esta enmienda que él propuso al artículo 21 de la versión del Proyecto de Ley que la Comisión presento a las Cortes el 4 de junio de 1870. La enmienda fue rechazada por 78 votos contra 48. ]

© José Luis Gómez-Martínez
(índice del estudio)

 

 

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